En este nuevo artículo, compartimos contigo los principales cambios y consideraciones a tomar a la hora de elaborar el anexo de retenciones en la fuente en relación de dependencia o RDEP, correspondiente al ejercicio fiscal 2023.
Sujetos NO obligados a presentar el RDEP
- Aquellos que no hayan mantenido a su cargo empleados en condición de relación de dependencia durante el período a reportar;
- Los empleadores personas naturales que contraten servicios domésticos remunerados, para sí o para su familia, desarrollados dentro del hogar;
- Estados extranjeros, incluidos entre ellos: embajadas acreditadas ante el gobierno nacional, oficinas consulares, consulados y oficinas comerciales y agencias gubernamentales de cooperación internacional;
- Organismos internacionales, incluidos organismos de integración y entidades de apoyo, misiones y organismos internacionales, representaciones de organismos internacionales;
- Los empleadores que se encuentren categorizados como negocios populares en el Régimen Simplificado para Emprendedores y Negocios Populares RIMPE, siempre que el total anual de pagos a favor de sus trabajadores, realizados por concepto de remuneraciones, bonificaciones, comisiones y más emolumentos originados por su relación de dependencia, gravados con impuesto a la renta, no sean superiores a una fracción básica desgravada de este impuesto correspondiente al periodo a reportar; y,
- Los condominios, siempre que el total anual de pagos a favor de sus
trabajadores, realizados por concepto de remuneraciones, bonificaciones,
comisiones y más emolumentos originados por su relación de dependencia,
gravados con impuesto a la renta, no sean superiores a una fracción básica
desgravada de este impuesto correspondiente al periodo a reportar.
Nuevos plazos de presentación
La entrega de la información de las retenciones efectuadas por concepto de impuesto a la renta en relación de dependencia del período comprendido desde el 1 de enero de 2023 al 31 de diciembre de 2023 se realizará a través del Anexo RDEP disponible en el portal web institucional www.sri.gob.ec, utilizando las especificaciones contenidas en la Ficha Técnica publicada en el mencionado portal
web, para lo cual se deberá atender al siguiente calendario, en consideración al noveno dígito del RUC:
NOTICIAS CONTABLES, TRIBUTARIAS LABORALES Y SOCIETARIAS
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NOVENO DÍGITO DEL RUC | FECHA MÁXIMA DE ENTREGA |
---|---|
1 | 23 de enero |
2 | 25 de enero |
3 | 29 de enero |
4 | 30 de enero |
5 | 31 de enero |
6 | 01 de febrero |
7 | 02 de febrero |
8 | 05 de febrero |
9 | 06 de febrero |
0 | 07 de febrero |
Formulario 107
El formulario 107 “Comprobantes de Retenciones en la Fuente del Impuesto a la Renta por ingresos del trabajo en relación de dependencia” aprobado mediante Resolución NAC-DGER2008-1520 y sus reformas, solo podrá ser generado a través de la aplicación DIMM ANEXO / Anexo de Retenciones en la Fuente bajo Relación de Dependencia
Recursos descargables
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Anexo RDEP$29.00 – $79.01 inc. IVA
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